Varadero

Dentro de las instalaciones del Club, se encuentra el varadero y la marina seca.

La zona varadero se complementa con la Gasolinera y una rampa asfáltica gratuita para los socios del club.

El varadero dispone de un servicio externo de grúa para la varada y botada de embarcaciones.

Los trabajos de mantenimiento que precisen las embarcaciones pueden ser realizados por el personal de marinería del Club o por empresas contratadas por el usuario, siempre que estén previamente autorizadas por el CLUB.

DOCUMENTACION A PRESENTAR PARA LA AUTORIZACION A EMPRESAS Y AUTONOMOS PARA REALIZAR TRABAJOS EN EMBARCACIONES.

Todas las empresas y autónomos de servicios náuticos deberán estar AUTORIZADAS por el Club para poder prestar sus servicios profesionales en embarcaciones dentro de nuestras instalaciones.

Para obtener la referida AUTORIZACION es necesario presentar los siguientes documentos:

a.- Póliza Seguro de Responsabilidad Civil en vigor que incluya la prestación de servicios en el exterior y justificante bancario del pago del recibo de la póliza. (*).

b.- Certificado actualizado de que la empresa/autónomo está al corriente en sus obligaciones con la agencia tributaria y con la seguridad social.

c.- Plan de riesgos laborales.

d.- TC2 del Trabajador/es de la empresa o autónomo que va a realizar los trabajos en el Club por cuenta de la empresa autorizada del último mes en curso.

Toda la documentación indicada anteriormente deberá ser enviada a la dirección de correo electrónico info@realclubnauticoroquetas.es  o presentada directamente en las oficinas del Club.

Una vez comprobada que la documentación presentada por la empresa o autónomo es correcta se comunicará al interesado la correspondiente autorización. A tal efecto, con la presentación de la documentación, se expresarán los datos de la persona de contacto de la empresa, su teléfono móvil y la dirección de correo electrónico.

La validez de la autorización será de tres meses. Para la renovación de la autorización será necesario aportar los documentos b) y c) trimestralmente.

(*) El seguro de RC. debe incluir los daños que se puedan a causar a terceros en los trabajos de reparación que se efectúen por el asegurado fuera del recinto o instalaciones de la empresa.